Artículo 23 Resolución 3957:2009 – Trampas de Grasa – Secretaría de Ambiente – Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.
Artículo 23 resolución 3957:2009 – Uso obligatorio de Trampas de Grasa -Secretaría de Ambiente: “Por el cual se reglamenta (…) en cuanto a usos del agua y residuos líquidos” …
“Artículo 23. Obligación de instalar unidades de pretratamiento. Los usuarios que viertan aguas residuales no domesticas y que realicen actvidades suceptibles de aportar grasas a la red pública de alcantarillado deberán instalar unidades separadoras de grasas y realizas mantenimiento periódico. De igual forma, los usuarios que viertan aguas residuales no domesticas y que realicen actividades susceptibles de aportar sedimientos, deberán instalar unidades de sedimentación y realizar mantenimiento periódico.”
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